| L-1 Visas de No-inmigrante
El estado no-immigrante L-1, es un estado de patron específico, es un empleo autorizado disponible a un empleador extranjero del exterior, el cual intenta ingresar a los Estados Unidos para trabajar para un patrocinador calificativo afiliado de este país, ya sea en capacidades directivas/ejecutivas (L-1A) o capacidades especializadas de concocimiento (L-1B). El L-1 nacionalidad extranjera es llamado "transferido por compañía.”
La obtención del estado no-inmigrante L-1 requiere a un patrocinador de los Estados Unidos que presente un I-129, petición para un trabajador no-inmigrante con los Servicios de la Ciudadanía y de la Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). El USCIS adjudica esta petición normalmente en dos o tres meses. Aunque, esto pueda tardar mas tiempo debido a reservas persistentes. Una petición L-1 puede ser juzgada por el proceso superior por un honorario adicional de $1000, que ofrece un calendario rotativo de 15 días. Acerca de la aprobación, el empleado puede solicitar una visa L-1 en su consulado respectivo de los Estados Unidos.
Si un extranjero se encuentra ya en los Estados Unidos en un estado diverso, él o ella puede aplicar para un cambio de estado, al mismo tiempo que el patrocinador presenta la petición L-1. Porfavor tome nota, sin embargo, un cambio de estado no proporciona la visa L-1, el cual es necesaria para el reingreso a los Estados Unidos. En muchos casos requieren que un transferido por compañía viaje por negocios o razones personales. Si un extranjero obtiene un cambio de estado, y posteriormente viaja al extranjero, el o ella requerirán solicitar una visa en el consulado de los Estados Unidos en el exterior.
Por otra parte, la categoría L-1 requiere que el trabajador de nacionalidad extranjera haya trabajado fuera del país para el mismo patrocinador por un año completo dentro del período de tres años inmediatamente antes de haber sido transferido, a menudo esto significa que la persona transferida es un empleado actual en el exterior desde la época en que aplicó para la L-1.
Por estas razones, es preferible a menudo que el ciudadáno extranjero solicíte la visa L-1 en el consulado de los Estados Unidos en el exterior, antes que un cambio de estado; una vez que la petición L-1 es aprobada, y antes del comienzo del empleo con una entidad de los Estados Unidos. Por favor tome nota que el Departamento de Estado requiere una entrevista en persona para obtener una visa L-1, la cita debe ser hecha con el consulado de los Estados Unidos adecuado para preparar la aplicación de la visa.
El estado L-1 es generalmente aprobado por un período inicial de tres años. Sin embargo, si el patrón de los Estados Unidos es una compañía de lanzamiento, el estado L-1 se concede originalmente por solamente un año. El L-1A (encargado/ejecutivo) se puede ampliar hasta un límite total de siete años; el L-1B (conocimiento especializado) se limita a un total de cinco años. No obligan al patrón a conservar al empleado por los cinco o siete años completos. A menos que el contrato de los partidos sea de otra manera, la relación de empleo se encuentra “ en la voluntad” y cualquiera de éstos partidos estan libres de terminar la relación en cualquier momento.
Sin embargo, si la relación del empleado/patrón perdura hasta el período complete de cinco años o de siete años, el ciudadádano extranjero debe pasar un año físicamente fuera de los Estados Unidos antes de poder ser elegible para solicitar un nuevo período de estatus L-1.
Los miembros de familias dependientes (esposo y niños menores) de una L-1 no-immigrant son elegibles a solicitar un L-2 de estado derivado. Los esposos en el estado L-2 pueden solicitar una autorización de empleo después de obtener el estado L-2. Las aplicaciones son procesadas en aproximadamente 90 días. Los niños y los esposos en el estado L-2 pueden también atender a escuelas de los Estados Unidos sin que tenga que cambiar a un estatus de estudiante, aunque a un estudiante en estado derivado L no le conceden oportunidades de prácticas de entrenamiento. |